El blog de José Blas Fernández

Un laboralista del siglo XXI

DEBE   DESAPARECER  EL IMPUESTO DE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS

El Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, creó  el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica que está siendo aplicado por los distintos Ayuntamientos en base a una Ordenanza Fiscal. Este impuesto es y tiene su razón para aquellos vehículos que circulen por las vías públicas, cualesquiera que sean su clase  y categoría. Ello ha supuesto unos  buenos ingresos para los Ayuntamientos porque el mercado del automóvil ha crecido notablemente, aunque ya hoy ese mercado está quedando obsoleto en muchos vehículos y  la circulación de nuevos no es tan prolija como antes. Efectivamente, la pregunta que hoy todos los ciudadanos nos hacemos es que por qué en los distintos Ayuntamientos de toda España se está restringiendo a marchas forzadas la circulación de vehículos por las vías públicas por las emisiones de CO2 y, en resumidas cuentas, cada vez los coches se utilizan menos y suelen estar en aparcamientos públicos o  privados devengando dicho impuesto, seguro y mantenimiento,  cuando en su gran mayoría los ciudadanos utilizan los medios de transportes públicos.

En cualquier ciudad de España están restringiendo la circulación por las calles de las mismas   y nos encontramos con los llamados vehículos “ventosas” que no se mueven porque no hay donde aparcar. Los cascos históricos de las ciudades tienen prohibición expresa de circulación y sólo se imponen  como medida recaudatoria las zonas  azules, naranjas, verdes y de colores, pero en algunos supuestos exclusivamente para residentes de las zonas donde se imponen estas medidas y otras frente  a los establecimientos u organismos públicos como ocurre con las zonas azules, para estar el menos tiempo posible y pagar   un nuevo impuesto  indirecto.

Es curioso que los sujetos pasivos de este impuesto tienen unas tarifas que van en función de la potencia y clase del vehículo. Es decir,  se limitan a valorar los caballos fiscales  o las plazas de los autobuses y por ahí calculan el pago, sin olvidar que precisamente  los vehículos que pasan de cierto tiempo de antigüedad o denominados vehículos históricos con una antigüedad en muchos casos de 25  años y más, están exentos en el 100% del pago del impuesto,  es decir que cada vez en base a un parque móvil envejecido  se paga menos impuesto y los que lo hacen con vehículos nuevos se les tiene prohibido circular, por la cantidad de prohibiciones que tiene el callejero de la ciudad, pues es rara la ciudad que hoy no tiene prohibición expresa de circular por una gran número de vías y no solamente por la emisión del CO2, sino para convertirlas en calles y plazas peatonales, llenarlas de tarrazas  y quienes vivan  por aquellas zonas que guarden o vendan el vehículo.

Sin embargo, estas ordenanzas municipales nacen con la exención de no pagar este impuesto a quienes precisamente circulan por todas las calles de las ciudades sin limitación alguna como es el caso de los vehículos oficiales del Estado, CCAA y entidades locales adscritos a la defensa nacional,   o a la seguridad ciudadana. Tampoco pagan este impuesto, entre otros, las ambulancias y los destinados a la asistencia sanitaria, así como los que están matriculados a nombre de minusválidos para su uso exclusivo, algo donde el fraude es excesivo,  porque la mayoría de quienes conducen esos vehículos  son personas con movilidad física, bajo el manto de que tienen que llevar al titular del vehículo que es minusválido, hoy discapacitado, por eso para dichos vehículos  se ponen como titulares a estos discapacitados, teniendo inclusive aparcamientos reservados para ello, algo que se debe vigilar, perseguir y multar, pero diariamente vemos cómo se suben y se bajan de los vehículos personas que no tienen más que la tarjeta de discapacitados en los salpicaderos de los coches.

Entiendo que la ciudadania  ha cambiado  en todo su desenvolvimiento físico y la movilidad ya no es aquella donde con un coche circulábamos  por todas partes. Hoy hasta los híbridos y eléctricos también pagan menos por su condición y con las pequeñas trampas que algunos tienen, pues sólo circulan de manera  eléctrica 20 km., es decir, como el resto, pero sin embargo, al amparo del denominado coche eléctrico también se aprovechan de esta ordenanza.

En resumidas cuentas, ha llegado el momento de que  por parte del Gobierno central se regule o se suprima una ordenanza obsoleta, pues los ayuntamientos cada vez por esto perciben menos y en definitiva un coche que no circula por una u otra causa y principalmente porque se le prohíbe hacerlo por la mayor parte de una ciudad, el impuesto tiene que ser nuevamente regulado o eliminado. Lo contrario es abusar descaradamente del bolsillo del ciudadano y lo que los ayuntamientos pueden hacer, por no tener competencias para regular este impuesto, es bajar las cuotas porque son conscientes de que cada vez más con un vehículo   no se puede circular por ninguna parte de la ciudad.