{"id":3214,"date":"2020-07-12T18:31:07","date_gmt":"2020-07-12T16:31:07","guid":{"rendered":"http:\/\/elblogdejoseblasfernandez.com\/?p=3214"},"modified":"2020-07-12T18:31:13","modified_gmt":"2020-07-12T16:31:13","slug":"novedades-juridico-laborales-junio-2020","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elblogdejoseblasfernandez.com\/?p=3214","title":{"rendered":"NOVEDADES JUR\u00cdDICO-LABORALES JUNIO 2020"},"content":{"rendered":"\n\n\n<p>PLAN DE ACTUACI\u00d3N  PARA LA REINCORPORACI\u00d3N  A LA ACTIVIDAD POST COVID-19:          <\/p>\n\n\n\n<p>Les recordamos que una vez se vaya restableciendo la actividad se deber\u00e1\/n poner en contacto con el servicio de  prevenci\u00f3n   de riesgos laborales  para llevar a cabo lo que seguidamente se indica, a efectos de  una correcta vuelta a la normalidad laboral: <\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Revisi\u00f3n del estado de actividad y documentaci\u00f3n  &#8211; Asesoramiento sobre la implantaci\u00f3n del Teletrabajo: Cuestionario de autoevaluaci\u00f3n, informaci\u00f3n de riesgos laborales en Teletrabajo, Curso de formaci\u00f3n online.  <\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Evaluaci\u00f3n del riesgo de exposici\u00f3n al nuevo coronavirus (SARS-COV-2)  &#8211; Formaci\u00f3n Campus on line SARS-CoV-2 gratuita. <\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Otra documentaci\u00f3n de asesoramiento sobre COVID 19: Gu\u00eda, documentos o pautas establecidas por el Ministerio de Sanidad (residencias de ancianos, manejo de pacientes,\u2026), etc. <\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Reconocimientos M\u00e9dicos urgentes o inaplazables <\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Control y seguimiento de contactos estrechos, de casos posibles, probables o confirmados de CORONAVIRUS COVID-19 <\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Detecci\u00f3n de personal sensible a CORONAVIRUS COVID-19 <\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Contacto con los trabajadores que est\u00e1n en teletrabajo, o en confinamiento. <\/p>\n\n\n\n\n\n<p>De igual manera, recordar que los inspectores de sanidad est\u00e1n controlando que todos los establecimientos abiertos al p\u00fablico cuenten  con las medidas de seguridad necesarias  para evitar el contagio del COVID-19 y, en caso contrario, est\u00e1n   obligando al cierre del mismo. <\/p>\n\n\n\n<p>MODELO 145 DE COMUNICACI\u00d3N DE DATOS AL PAGADOR (IRPF N\u00d3MINAS):          <\/p>\n\n\n\n<p>Le\/s recordamos nuevamente la OBLIGACI\u00d3N que tienen los trabajadores\/as de comunicar  a la empresa los cambios en la situaci\u00f3n familiar de cada uno\/a (estado civil, nacimientos hijos, pago pensi\u00f3n de alimentos, etc.) para poder aplicar correctamente en las n\u00f3minas el IRPF que efectivamente  corresponda y evitar de esta manera posibles reclamaciones a la empresa  de la Agencia Tributaria en este sentido, por existencia de diferencias entre el IRPF aplicado y el que pudiera corresponder, por lo que  se ruega  remitir a este Despacho el Modelo 145 de cada trabajador  para actualizar los datos a efectos del IRPF) y as\u00ed poder confeccionar correctamente las n\u00f3minas. <\/p>\n\n\n\n<p>DEVOLUCIONES DE CUOTAS DE LOS AUT\u00d3NOMOS:          <\/p>\n\n\n\n<p>Respecto de las cuotas correspondientes al mes de Abril y Mayo de los trabajadores aut\u00f3nomos que sean beneficiarios de la prestaci\u00f3n por cese de actividad, ya est\u00e1n siendo  devueltas  por la TGSS. <\/p>\n\n\n\n<p>USO OBLIGATORIO DE MASCARILLAS:          <\/p>\n\n\n\n\n\n<p>Le\/s recordamos que el pasado 20 de Mayo, sali\u00f3  publicada la Orden SND\/422\/2020, de 19 de Mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situaci\u00f3n de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, siendo obligatorias \u00e9stas para las personas de seis a\u00f1os en adelante  y en la v\u00eda p\u00fablica, en espacios al aire libre y el cualquier espacio cerrado de uso p\u00fablico  o que se encuentre abierto al p\u00fablico, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal establecida de, al menos metro y medio. Todo ello, sin perjuicio de que de determinados supuestos justificados pueda dicha obligaci\u00f3n quedar anulada. Todo ello ha sido indicado igualmente en  el Real Decreto-ley  21\/2020, de 9 de Junio (BOE del 10 de Junio) <\/p>\n\n\n\n<p>INGRESO M\u00cdNIMO VITAL.          <\/p>\n\n\n\n<p>El pasado 1 de Junio, sali\u00f3 publicado el Real Decreto-ley 20\/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso m\u00ednimo  vital y seguidamente hacemos un resumen de dicho Real Decreto-ley, estando este despacho a disposici\u00f3n para solventar cualquier duda al respecto, indic\u00e1ndose que desde el pasado 15 de Junio se puede solicitar tal ingreso m\u00ednimo vital: BENEFICIARIOS:  <\/p>\n\n\n\n\n\n<p>-Beneficiarios individuales: Personas de entre 23 y 65 a\u00f1os que vivan solas o que, aunque compartan domicilio con una unidad de convivencia, no se integren en ella y que cumplan con los requisitos exigidos. -Titulares de la unidad de convivencia: los titulares del IMV, es decir, las personas que perciben la prestaci\u00f3n en nombre de la unidad de convivencia y la representan, deber\u00e1n tener plena capacidad de obrar y una edad entre 23 y 65 a\u00f1os. <\/p>\n\n\n\n<p>-Unidad de convivencia. <\/p>\n\n\n\n<p>REQUISITOS:  Los siguientes requisitos deben cumplirse tanto en el momento de la presentaci\u00f3n de la solicitud como de sus revisiones, y mantenerse al dictar la resoluci\u00f3n y durante el tiempo de la percepci\u00f3n de la prestaci\u00f3n: <\/p>\n\n\n\n<p>1. Tener residencia en Espa\u00f1a <\/p>\n\n\n\n<p>2. Estar en situaci\u00f3n de vulnerabilidad econ\u00f3mica.    <\/p>\n\n\n\n<p>3. Haber solicitado las pensiones y prestaciones a las que pueda tener derecho, en los t\u00e9rminos que se fijen. <\/p>\n\n\n\n<p>Se except\u00faan salarios sociales, rentas m\u00ednimas de inserci\u00f3n y ayudas an\u00e1logas de asistencia social concedidas por las comunidades aut\u00f3nomas. 4. Figurar inscritos como demandantes de empleo, cuando se trate de personas mayores de edad o menores emancipados, si no est\u00e1n trabajando. <\/p>\n\n\n\n<p>CUANT\u00cdA: La cuant\u00eda del ingreso m\u00ednimo vital para el beneficiario individual o la unidad de convivencia ser\u00e1 la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos de tales personas, siempre que la cuant\u00eda resultante sea igual o superior a 10 euros mensuales El cambio en las circunstancias personales, econ\u00f3micas o patrimoniales de la persona beneficiaria del ingreso m\u00ednimo vital, o de alguno de los miembros de la unidad de convivencia, podr\u00e1 suponer la modificaci\u00f3n de la cuant\u00eda de la prestaci\u00f3n econ\u00f3mica mediante la revisi\u00f3n correspondiente por la entidad gestora. <\/p>\n\n\n\n<p>PAGO: El pago de la prestaci\u00f3n ser\u00e1 mensual. El derecho a la prestaci\u00f3n del ingreso m\u00ednimo vital nacer\u00e1 a partir del primer d\u00eda del mes siguiente al de la fecha de presentaci\u00f3n de la solicitud. DURACI\u00d3N:  El derecho a la prestaci\u00f3n nace a partir del primer d\u00eda del mes siguiente al de la fecha de presentaci\u00f3n de la solicitud. Se mantendr\u00e1 mientras subsistan los motivos que dieron lugar a su concesi\u00f3n y se cumplan los requisitos y obligaciones previstos en la Ley. <\/p>\n\n\n\n<p>L\u00cdNEA DE AVALES:          <\/p>\n\n\n\n<p>Mediante Resoluci\u00f3n de 19 de mayo de 2020, de la Secretaria de Estado de Econom\u00eda y Apoyo a la Empresa, se resuelve dar  publicidad al Acuerdo del Consejo de Ministros de 19-05-2020, por el que se pone en marcha un nuevo tramo de la l\u00ednea de avales  por un importe de 20.000 millones de euros para la financiaci\u00f3n otorgada  a peque\u00f1as y medianas empresas y aut\u00f3nomos por entidades de cr\u00e9dito <\/p>\n\n\n\n<p>MEDIDAS URGENTES DE PREVENCI\u00d3N, CONTENCI\u00d3N Y COORDINACI\u00d3N PARA HACER FRENTE A LA CRISIS SANITARIA DEL CORONAVIRUS          <\/p>\n\n\n\n\n\n<p>Por Real Decreto-ley 21\/2020, de 9 de junio se establecen estas medidas y entre otras, es necesario mencionar que  en los centros de trabajo es el titular de la actividad   quien deber\u00e1 adoptar las medidas de ventilaci\u00f3n, limpieza, desinfecci\u00f3n adecuadas, poner a disposici\u00f3n de los trabajadores agua, jab\u00f3n y\/o geles hidroalch\u00f3licos o desinfectantes, adaptar las condiciones de trabajo, incluida la ordenaci\u00f3n de los puestos de trabajo y la organizaci\u00f3n de turnos, as\u00ed como  el uso de los lugares comunes de forma que se garantice el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal m\u00ednima de 1,5 metros entre los trabajadores, adoptar medidas para evitar la coincidencia masiva de  personas, tanto trabajadores como clientes, en el centro de trabajo, adoptar medidas para la reincorporaci\u00f3n  progresiva de forma presencial a los  puestos de trabajo y la potenciaci\u00f3n del uso del teletrabajo cuando por la naturaleza de la actividad sea  posible. <\/p>\n\n\n\n<p>APERTURA DE COMERCIOS EN DOMINGOS Y FESTIVOS:          <\/p>\n\n\n\n\n\n<p>Seg\u00fan  Orden de 27 de mayo de 2020, de la Consejer\u00eda de Econom\u00eda, Conocimiento, Empresas y Universidad, el pr\u00f3ximo d\u00eda 5 de Julio (domingo), los establecimientos podr\u00e1n permanecer abiertos al p\u00fablico. <\/p>\n\n\n\n<p>RECLAMACI\u00d3N DE  LA CL\u00c1USULA SUELO:          <\/p>\n\n\n\n<p>Le\/s recordamos que desde este despacho se tramitan las reclamaciones de las cantidades indebidamente cobradas por las entidades bancarias referidas a las denominadas \u201cclausulas suelo\u201d, as\u00ed como todos los gastos derivados de las escrituras de hipotecas, por lo que puede\/n ponerse en contacto con nosotros y le\/s ayudaremos en todo aquello que sea necesario. <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>PLAN DE ACTUACI\u00d3N PARA LA REINCORPORACI\u00d3N A LA ACTIVIDAD POST COVID-19: Les recordamos que una vez se vaya restableciendo la actividad se deber\u00e1\/n poner en contacto con el servicio de prevenci\u00f3n de riesgos laborales para llevar a cabo lo que seguidamente se indica, a efectos de una correcta vuelta a la normalidad laboral: &#8211; Revisi\u00f3n [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-3214","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-sin-categoria"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/elblogdejoseblasfernandez.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3214","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/elblogdejoseblasfernandez.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/elblogdejoseblasfernandez.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elblogdejoseblasfernandez.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elblogdejoseblasfernandez.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=3214"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/elblogdejoseblasfernandez.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3214\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3220,"href":"https:\/\/elblogdejoseblasfernandez.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3214\/revisions\/3220"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/elblogdejoseblasfernandez.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=3214"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/elblogdejoseblasfernandez.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=3214"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/elblogdejoseblasfernandez.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=3214"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}