{"id":3232,"date":"2020-07-26T12:42:04","date_gmt":"2020-07-26T10:42:04","guid":{"rendered":"http:\/\/elblogdejoseblasfernandez.com\/?p=3232"},"modified":"2020-07-26T12:42:07","modified_gmt":"2020-07-26T10:42:07","slug":"el-anteproyecto-de-ley-para-el-teletrabajo-no-cuaja","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elblogdejoseblasfernandez.com\/?p=3232","title":{"rendered":"EL ANTEPROYECTO DE LEY PARA EL TELETRABAJO NO CUAJA"},"content":{"rendered":"\n\n\n<p>         La situaci\u00f3n de la actual pandemia,  que venimos padeciendo,  ha puesto de manifiesto c\u00f3mo gracias a los medios telem\u00e1ticos hemos podido suplir  muchas situaciones de presencia  y de actuaciones  f\u00edsicas, por lo que  junto a los tel\u00e9fonos m\u00f3viles y fijos, la correspondencia y conexiones han hecho m\u00e1s viable todo el trabajo administrativo  y comercial que se ven\u00eda desarrollando hasta el d\u00eda 13 de marzo pasado. Ya hace muchos a\u00f1os los juristas y conocedores del mundo laboral planteaban,  sin acierto,  la necesidad de imponer el teletrabajo en las empresas, pero  siempre cay\u00f3 en saco roto porque cada vez m\u00e1s se hac\u00edan necesarios los controles f\u00edsicos de los trabajadores en sus puestos de desarrollo laboral. Es decir,  han surgido toda clase de controles para la presencia de los empleados  en sus puestos de trabajo,  as\u00ed como los controles de  entrada y salida   de su \u00f3rbita, lo que ha dejado a un lado la importancia que hoy ha desarrollado el teletrabajo.          El Ministerio de Trabajo y Econom\u00eda Social ha empezado a pedir opiniones, informes y dict\u00e1menes para  sacar adelante un proyecto de ley de trabajo a distancia, pues sin inventar nada,  han sido las propias empresas las que por un acuerdo marco europeo sobre teletrabajo y firmado en el 2002, as\u00ed como su revisi\u00f3n en el 2009 que  defini\u00f3  lo que ello significaba,  han ido llevando a cabo ese teletrabajo  en condiciones  no reguladas y ya en Espa\u00f1a, la modificaci\u00f3n del art. 13 del Estatuto de los Trabajadores, por la Ley 3\/2012, de 6 de Julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, modific\u00f3 la ordenaci\u00f3n del tradicional trabajo a domicilio con la idea de tener y acoger al trabajo a distancia  para poder utilizar  todas las nuevas tecnolog\u00edas que se nos avecinaron, por lo que al final y en resumen, ten\u00edamos que afrontar lo que hoy denominamos teletrabajo.          <\/p>\n\n\n\n\n\n<p>Si bien, aun continuamos teniendo a trabajadores  en sus casas realizando sus funciones e incluso se ha decidido que los m\u00e1s vulnerables est\u00e9n en dicho  tr\u00e1nsito, no cabe duda que hay que regularlo de alguna manera m\u00e1s contundente y sin abusar de quien lo lleva a cabo, pues para muchos el teletrabajo  ha sido una disciplina incontrolada, donde en la funci\u00f3n p\u00fablica pod\u00edamos comprobar c\u00f3mo  algunos   no desarrollaban sus funciones y  a otros, se les ha  desbordado el trabajo  por falta de estar dotados de una realidad organizativa laboral y con un marco normativo. Aqu\u00ed tenemos de todo, falta de claridad, seguridad jur\u00eddica y tambi\u00e9n vocaci\u00f3n profesional, pues se ha perdido el di\u00e1logo entre compa\u00f1eros de una misma empresa para pasar  a tener  horas de soledad y sin l\u00edmite en su  jornada, por lo que  si esto no se dispensa de alguna manera con controles  y con interlocutores adecuados, el teletrabajo no llegar\u00e1 a ser una herramienta importante que supla circunstancias especiales, pero que a la vez se quede para siempre, por lo que  lo l\u00f3gico es recomendarlo en la negociaci\u00f3n colectiva, ya que cada actividad tiene sus peculiaridades y regular la autonom\u00eda de quien lo lleva a cabo, pues si queremos tener una nueva forma de organizaci\u00f3n del trabajo que sirva a su vez, como medio de modernizaci\u00f3n  y organizaci\u00f3n de empresas y servicios p\u00fablicos, esto hay que construirlo con exactitud y sin ambig\u00fcedad. Es decir, hay que regular lo que tenemos, hay que conceptualizar y perfilar con mayor precisi\u00f3n  este concepto de trabajo a distancia y  establecer inclusive, hasta un r\u00e9gimen disciplinario y valorar  la posible peligrosidad para el desempe\u00f1o que ello conlleva, pues no cabe duda de que los trabajadores en este sistema han sufrido disfunciones  que no est\u00e1n contempladas en ning\u00fan marco jur\u00eddico.          <\/p>\n\n\n\n<p>Por tanto, tal y como ha establecido en su dictamen el Consejo Econ\u00f3mico y Social, el cual comparte  la necesidad de dotar al teletrabajo de un marco regulatorio y  hacerlo con la m\u00e1xima claridad y firmeza, tenemos que regularlo  dentro del di\u00e1logo social para que entre el Gobierno e interlocutores sociales haya un consenso   para sacar adelante un buen anteproyecto de ley definitivo. Improvisar no es bueno, puede tener consecuencias graves para el futuro y l\u00f3gicamente  poder regular con precisi\u00f3n algo que luego los tribunales, cuando interpreten  una normativa poco accesible y no clara, marquen en su jurisprudencia situaciones no deseadas. <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La situaci\u00f3n de la actual pandemia, que venimos padeciendo, ha puesto de manifiesto c\u00f3mo gracias a los medios telem\u00e1ticos hemos podido suplir muchas situaciones de presencia y de actuaciones f\u00edsicas, por lo que junto a los tel\u00e9fonos m\u00f3viles y fijos, la correspondencia y conexiones han hecho m\u00e1s viable todo el trabajo administrativo y comercial que [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-3232","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-sin-categoria"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/elblogdejoseblasfernandez.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3232","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/elblogdejoseblasfernandez.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/elblogdejoseblasfernandez.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elblogdejoseblasfernandez.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elblogdejoseblasfernandez.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=3232"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/elblogdejoseblasfernandez.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3232\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3235,"href":"https:\/\/elblogdejoseblasfernandez.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3232\/revisions\/3235"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/elblogdejoseblasfernandez.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=3232"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/elblogdejoseblasfernandez.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=3232"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/elblogdejoseblasfernandez.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=3232"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}