Quisiera saber lo siguiente: Tengo en estos momentos una incapacidad permanente total para mi profesión habitual de electricista, pues sufrí un accidente hace 5 años. Quiero saber si cuando cumpla 65 años (ahora tengo 63) puedo pedir la jubilación o bien tengo que seguir con la incapacidad que tengo. Gracias Luis Moroto de Sanlúcar de Barrameda.
Estimado Luis: Cuando cumpla usted la edad de 65 años no podrá solicitar nueva pensión de jubilación, por cuanto que ya es usted pensionista. Su actual prestación se denominará pensión de jubilación y si percibiera ésta por cuantía inferior a la mínima establecida reglamentariamente, la S.Social le complementaría hasta percibir la cuantía mínima establecida para la pensión de jubilación. Todo ello, si no tuviera ingresos superiores al límite estipulado para obtener complementos por mínimos. Un saludo.