El blog de José Blas Fernández

Un laboralista del siglo XXI

TRABAJADORES CON CONTRATO A TIEMPO PARCIAL: SU PROTECCION EN LA SEGURIDAD SOCIAL

 

         El pasado 3 de Agosto, salió publicado en el BOE el Real Decreto-Ley 11/2013, de 2 de Agosto, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas en el orden económico y social.  Todo ello, en relación, entre otras cosas que señala el Real Decreto-Ley, al periodo exigido a estos trabajadores  para causar derecho a una prestación económica de la S. Social, por lo que esta norma  tiene como finalidad cumplir los siguientes objetivos:

 –         Dar cobertura a todas las personas que realizan una actividad laboral o profesional.

–         Mantener los principios de contributividad, proporcionalidad y equidad que caracterizan  el Sistema Español de Seguridad Social.

–         Mantener la equidad respecto a la situación de los trabajadores a tiempo completo.

–         Evitar situaciones fraudulentas  o irregulares, así como evitar la desincentivación de la cotización al Sistema.

          Todo ello, es resultado de una Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de fecha 22-11-2012, que señala que la legislación española en materia de pensión de jubilación de los trabajadores a tiempo parcial es discriminatoria, por lo que se  ha aprobado el citado Real Decreto-Ley, extremo que era esperado para poder igualar las diferencias existentes.