El blog de José Blas Fernández

Un laboralista del siglo XXI

LOS EMIGRANTES RETORNADOS REGULAN SU SITUACION

         Vaya por delante mi reconocimiento a tantos españoles que durante los años 60 y 70  emigraron  a otros países, hoy de la Unión Europea y, gracias a su trabajo la renta de muchos españoles  tuvo subidas importantes e hizo consolidar muchos pilares económicos  que hoy han producido y consolidado muchas economías  familiares.

          Al cabo de los años y con la vuelta de muchos emigrantes  existía una profunda preocupación sobre  el lugar donde  había que tributar  por parte de los perceptores de las pensiones del extranjero los impuestos al fisco y para  mayor abundamiento, hasta el 2012 no se declaraba a Hacienda por parte de la gran mayoría, si bien, se recomendaba su declaración. El Ministerio de Hacienda, al comprobar la situación fiscal con la que se encontraba de rentas de los últimos años,  remitió más de 650.000 cartas a emigrantes retornados españoles o extranjeros residentes en nuestro país, donde se les instaba  a declarar su pensión del exterior para  hacer frente al pago o cuota del IRPF. Ello causó alarma en los pensionistas afectados, pues aproximadamente 1,8 millones de éstos  cobraban  las pensiones  del país de origen de su trabajo y, sin embargo, ya residían en España como tales emigrantes retornados y no tributaban.

          La reforma fiscal ha abierto  un periodo de condonación de multas que nada tiene que ver con la obligación de tributar las pensiones en el IRPF; de hecho el 30 de Junio pasado esta obligación terminó y quienes lo han hecho se ahorraran sanciones e intereses de demora, al igual que los que lo hicieron fuera de plazo. Toda esta galimatía  ha dado un resultado de mayor información para quienes  habiendo trabajado en el extranjero no  tributaban  en España y  gracias a la firma de convenios de intercambios de información  con otros países,  las declaraciones  han empezado a hacerse realidad,  no sin antes recordar que  las movilizaciones de asociaciones de retornados  provocaron que el Fisco abriese  un periodo  de “vacatio” para  poder regularizar todo ello. Aquí podemos observar cómo los más afectados son los emigrantes retornados de Suiza, Alemania y Francia o jubilados de estos países que decidieron establecerse en  nuestro país para siempre. Hacienda  apertura 27.696 inspecciones  por este capítulo, por ello la cuantía de 1,8 millones de residentes que perciben pensión del extranjero.  

          Es verdad  la versión de muchos emigrantes que quisieron declarar sus pensiones o prestaciones y  muchos funcionarios de la Administración desconocían la obligación de informar sobre las pensiones del extranjero, pero sin embargo, el Convenio Hispano Alemán de 1966, publicado en el BOE  nº 85 de 4 de Abril de 1968 creó un instrumento de ratificación para evitar la doble imposición y prevenir  la evasión fiscal en materia de impuestos  sobre la renta y sobre el patrimonio, convenio firmado el 5 de Diciembre de 1966 en Bonn, entre la República Federal Alemana y el Estado Español, el cual ha sido utilizado  por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia que eximió en su Sentencia  de tributar a los receptores de pensiones alemanas hasta el año 2013, pues ello podía inducir al contribuyente a pensar  que las pensiones  de Alemania estaban libres de impuestos en  España. Ahora, nos tenemos que trasladar a otro acuerdo que desde el 2013 sustituyó al referido Convenio, por lo que  hasta ese momento y, según el Tribunal Superior de Justicia de Galicia los pensionistas quedaron exentos de pagar  los impuestos, existiendo muchas Sentencias  que también han fallado a favor de Hacienda, donde algunas dicen lo contrario, es decir, que estas pensiones sí  tributan  hasta el 2013, existiendo una galimatia entre el concepto de jubilación  y de invalidez en el grado de absoluta, pues si bien estas últimas no pagan IRPF en España, requieren la homologación para las que proceden del exterior. Por tanto, los pensionistas están obligados a declarar sus prestaciones por jubilación del extranjero, tanto si la reciben de un país como de dos a partir de los 11.200 euros anuales   y por ello,  se recuerda que aquél 20% de recargo que imponía la Agencia Tributaria  por declarar estas pensiones  fuera de plazo ha quedado condonado  para los que lo han hecho antes del 30 de Junio pasado y a lo que se han acogido ya más de 10.500 pensionistas y otros tantos han pedido se les devuelva el importe de las sanciones e intereses por haber declarado su pensión fuera de plazo.

          Como colofón  y aclaración final decir, que el periodo de gracia que se dio el 1 de Enero del presente año ha terminado el 30 de Junio pasado para declararlas sin recargos  y así regularizar las pensiones del exterior, de lo que se prevé que Hacienda tendrá que devolver  aproximadamente 20 millones de euros. Definitivamente, aquél periodo en el que  quien trabajó en el extranjero cobraba en España su pensión  sin pagar impuestos ya terminó, pues estamos en Europa y España en 1966 aún ni pensaba estar  incluida en la Unión Europea, por lo que  no tendría lógica  que la libre circulación de trabajadores haga que en un lugar de origen y devengando su salario y su cotización, con el tiempo  no abonase  el IRPF correspondiente  esté donde esté, pues precisamente estos convenios han hecho que aunque  las pensiones se devenguen de otro país, sea en el que resida el retornado donde se abonen y tributen  y, por tanto, la igualdad es para todos.