El blog de José Blas Fernández

Un laboralista del siglo XXI

LOS GRADUADOS SOCIALES RECONOCIDOS EN EL TURNO DE OFICIO

         En el  BOE Nº 239 de ayer,  día 06 de octubre,  salió  publicada la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil y en la Disposición Final Undécima  se dice lo siguiente:

“Modificaciones y desarrollos normativos. 2. El Gobierno, en el plazo de un año a contar desde la publicación de esta Ley en el «Boletín Oficial del Estado», remitirá a las Cortes Generales, para su aprobación, el proyecto de ley que regule la capacitación profesional exigida a los graduados sociales para actuar en los procedimientos laborales y de Seguridad Social de conformidad con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, y que determine, entre otros aspectos, el título exigible, la formación especializada y la evaluación a realizar.

A tal efecto y con el fin de elaborar, en el mismo plazo de un año, un estudio sobre los desarrollos normativos necesarios para la adaptación del marco legal que posibilite, en su caso, el acceso de los graduados sociales al sistema de representación técnica gratuita, se constituirá en el plazo de tres meses una comisión mixta formada por el mismo número de representantes del Consejo General de la Abogacía y del Consejo General de Graduados Sociales, de la que formará parte los expertos, en igual número, que designe el Ministerio de Justicia.”

          Ello ha confirmado nuevamente que  el Graduado Social es una figura procesal y por ello  va a tener acceso al Sistema de Representación Técnica Gratuita igual que los abogados, por lo que me  mi profesión está de enhorabuena por dicho  logro  tan deseado y tan merecido, resultado de un trabajo  llevado a cabo con cautela y  que ha dado sus frutos, reconociéndose por el Legislador que mi profesión de Graduado Social forma parte del entramado judicial y con los mismos derechos que  las restantes.  

          Ya tan sólo hay que esperar a que se constituya la comisión mixta  por parte de nuestro colectivo y empezar a elaborar las bases para que en el plazo de un año puedan las Cortes Generales, de nuevo, aprobar el referido proyecto de ley que regule la capacitación profesional  exigida a los Graduados Sociales, de conformidad con la Ley 36/2011, de 10 de Octubre, tal y como determina la citada disposición final undécima.