El blog de José Blas Fernández

Un laboralista del siglo XXI

NOVEDADES JURÍDICO-LABORALES DICIEMBRE-20

DECLARACIONES FISCALES TRIMESTRALES Y RESUMENES ANUALES:

Le/s recordamos que el próximo día 15 de Enero de 2021 finalizará el plazo para la presentación telemática del 4º Trimestre del Modelo 111, así como a finales del mismo mes la presentación del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta (Modelo 190).

           Por todo ello, le/s rogamos que, en la medida que sea posible y a la mayor brevedad, nos comunique/n los profesionales que le/s haya/n minutado en este último trimestre del ejercicio para incluirlos en dichos modelos. Todo ello durante los primeros días del próximo mes de Enero/2021.

 CAMBIO DE BASES DE COTIZACIÓN DEL AUTÓNOMO:

Tras la Ley 6/2017, de 24 de Octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, como ya le/s hemos venido informando, es posible cambiar de base de cotización hasta 4 veces al año, con efectos desde el 1 de Abril, 1 de Julio, 1 de Octubre y 1 de Enero del año siguiente. Si desea/n llevar a cabo una modificación, deberán ponerse en contacto con este Despacho para poder agilizar el trámite.

COTIZACIÓN POR LA PRIMA DE SEGURO DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS: Le/s recordamos que tiene/n que comunicar a este Despacho, para incluirlo en la cotización de las nóminas mensualmente, el importe que por cada trabajador se abona en concepto de prima de seguro colectivo de accidentes, por lo que deberá/n contactar con su Cia. de Seguros a fin de que le faciliten ese dato, estando a vuestra disposición para cuanta aclaración necesiten al respecto.

SALARIO MINIMO INTEPROFESIONAL PARA 2021.

Aunque aún no se ha aprobado nada al respecto, las noticias publicadas van en la dirección de que, al menos, se incrementará el SMI en un 0,9%, lo que supondría una cantidad de 958,55.- euros mensuales. No obstante, se estudia la posibilidad de prorrogar el SMI actual. Sea cual sea la medida, se la comunicaremos lo antes posible.

PERMISO Y PRESTACIÓN POR NACIMIENTO Y CUIDADO DE MENOR (PATERNIDAD):

Se recuerda que a partir del 01 de Enero de 2021, en el caso de nacimiento de hijo, el otro progenitor contará con un periodo de suspensión total de dieciséis semanas. Estas 16 semanas de permiso para ambos progenitores se podrán dividir de la siguiente manera:

• 6 semanas obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa, posteriores al parto (resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción). La madre biológica puede anticipar este periodo hasta 4 semanas antes de la fecha previsible del parto

• Las 10 semanas restantes se disfrutarán en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, dentro de los 12 meses siguientes al parto o bien la resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción. Además se establecen determinados supuestos de ampliación de este plazo:

• Ampliación en 1 semana para cada progenitor por cada hijo/a, a partir del segundo, en caso de nacimiento, adopción o acogimiento múltiples.

• Ampliación en 1 semana para cada progenitor en caso de discapacidad del hijo/a.

• Ampliación por parto prematuro y hospitalización (por un periodo superior a 7 días) a continuación del parto, hasta un máximo de 13 semanas.

MEDIDAS TEMPROALES Y EXCEPCIONALES POR RAZON DE SALUD PÚBLICA EN ANDALUCÍA

El pasado 17 de Diciembre, salió publicada en el BOJA, la Orden de 17 de Diciembre de 2020, por la que se establecen medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía, para la contención de la COVID-19, durante el periodo prenavideño y navideño, estableciéndose que a partir del día 18-12-2020 los establecimientos con epígrafes del IAE 672, 674.6 y 676, destinados exclusivamente a cafetería, chocolatería y heladería, podrán permanecer abiertos hasta media hora antes de la limitación horaria de las 23.00 horas y así mismo, desde las 18.00 hasta las 20.00 horas, pero sin ningún tipo de consumo de bebidas alcohólicas o espirituosas.

De igual manera, el mismo día 17 de Diciembre, salió publicada la Resolución de 17 de Diciembre de 2020, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Cádiz, por la que se declara el nivel de alerta 3 a los municipios del Distrito Sanitario Campo de Gibraltar, Jerez-Costa Noroeste y Sierra de Cádiz, Bahía de Cádiz-La Janda. Todo ello, desde el 18-12-2020 hasta el 10-01-2021.

             Se recuerda que el toque de queda se amplía desde el 18-12-2020, desde las 23.00 hasta las 06.00 horas. Durante la noche del 24 al 25 de Diciembre y la noche del 31 de Diciembre al día 01 de Enero de 2021, el toque de queda será desde las 01.30 hasta las 06.00 horas.

               En cuanto al número de personas en espacios públicos y privados queda limitada a un máximo de 6 personas, salvo que se trate de convivientes y en los días de comidas y cenas navideñas de los días 24, 25 y 31 de Diciembre, 1 y 6 de Enero de 2021, la permanencia de grupos de personas estará limitada a 10, salvo convivientes.

PENALIZACIÓN A LAS EMPRESAS POR CONTRATACIÓN TEMPORAL Y ROTACION LABORAL:

El Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, ha anunciado que el Gobierno está estudiando introducir una tasa, a modo de penalización, para aquellas empresas que dan de baja los contratos de sus trabajadores durante los fines de semana para volverlos a dar de alta el lunes con el objetivo de ahorrarse el pago de cotizaciones a la Seguridad Social. Por todo ello, se estará a lo que se negocie con los Agencies Sociales y salga publicado, de lo cual se le/s informará oportunamente.

PLANES DE IGUALDAD:

Se recuerda que el día 13 de Enero de 2021 entrará en vigor el Real Decreto 901/2020, de 13 de Octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro. Las empresas obligadas a suscribir estos planes son las que tengan 50 o más trabajadores, sin perjuicio de que las demás, voluntariamente, suscriban y elaboren un plan de igualdad con la representación legal de los trabajadores.

No obstante ello, todas las empresas, independientemente del número de trabajadores que tengan, están obligadas a respetar al igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral, así como promover las condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo.

DIAS FESTIVOS:

Según Decreto 104/2020, de 21 de Julio, de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía, los próximos días 1 y 6 de Enero de 2021, serán considerados fiesta laboral en Andalucía.

DIAS INHÁBILES PARA EL AÑO 2021 EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO:

Para el año 2021 serán inhábiles todos los sábados, domingos y festivos, así como los declarados como fiestas de ámbito nacional y de ámbito local. En general y de ámbito Andaluz, serán días inhábiles los siguientes: 1 y 6 de Enero, 1 de Marzo, 1 y 2 de Abril, 1 de Mayo, 16 de Agosto, 12 de Octubre, 1 de Noviembre, 6, 8 y 25 de Diciembre.

APERTURA DE COMERCIOS:

Según la Orden de 27 de Mayo de 2020, de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, de la Junta de Andalucía, el próximo día 3 de Enero (domingo), los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público.

NUESTROS SERVICIOS PROFESIONALES:

Volvemos a participar que en nuestro despacho jurídico se lleva a cabo un asesoramiento integral a empresas y trabajadores, pues pese a que desde 1969 está consolidado en esta ciudad el mismo, ha sido aumentado con mayor número de profesionales del Derecho, por lo que un equipo de Graduados Sociales y Abogados se encargarán de sus problemas en estas materias: – Derecho penal – Derecho Administrativo – Derecho Civil. • Derecho bancario (ejecuciones hipotecarias-clausulas suelo). • Responsabilidad civil (accidentes de tráfico y daños). – Sucesiones (Herencias y Testamentos). – Familia (Divorcios, medidas sobre menores, etc.). – Derecho Laboral y de Seguridad Social. • Liquidación de Cuotas a la Seguridad Social. • Nóminas. • Contratos de trabajo. • Accidentes de Trabajo. • Inspección de Trabajo. • Juzgado de lo Social. • Pensiones de la Seguridad Social.

                                   FELIZ AÑO 2021