Me acabo de quedar viuda y mi marido era pensionista de invalidez absoluta, deseo saber si esa pensión que el disfrutaba la voy a tener yo o bien me queda una jubilación pues tengo 65 años cumplidos. Gracias. Rosa Alaris.
Estimada Rosa: He de indicarle que al fallecer su marido, su pensión queda extinguida automáticamente. A partir de la fecha del fallecimiento usted debe solicitar la Pensión de Viudedad, cuyo importe, si no tiene cargas familiares, ascenderá al 52% de la Base Reguladora que sirvió para el calculo de la pensión de su difunto marido, aplicándole las revalorizaciones legales pertinentes. Si dicho importe fuera inferior a la pensión mínima establecida en la Ley de Presupuestos del Estado, el INSS le complementaria la misma hasta percibir la pensión mínima de viudedad, que este año 2009 asciende, según su caso, a 561,55.- euros mensuales. Todo ello, además si no cuenta con ingresos superiores a los marcados en la misma Ley para tener derecho a dichos complementos por mínimos.