El blog de José Blas Fernández

Un laboralista del siglo XXI

JUNTO CON LA SEDICIÓN  SE CUELAN OTROS “DIEZ DIAS DE VACACIONES” PARA LA JUSTICIA,  EN NAVIDADES.

         El actual Gobierno que sólo piensa en que es propietario del BOE, no tiene escrúpulos para seguir  una carrera  sin obstáculos  con el fin de llevar su idea o pensamiento único al BOE,  que es cuando los ciudadanos nos vemos obligados a presentar los correspondientes recursos o a morir en el tiempo,  porque nunca se nos dará la razón  sobre lo que las mayorías  piensan.

         Con motivo de la modificación  del Código Penal que está colando el ejecutivo con la sedición,  ha metido,  entre otras,  una enmienda  a la Ley Orgánica del Poder Judicial, la cual determina que entre los días 24 de Diciembre y 6 de Enero todas las actuaciones judiciales, excepto las que sean declaradas urgentes  no se lleven a cabo  y sean días  inhábiles a todos los efectos. Esta  enmienda  entre el PSOE y UNIDAS PODEMOS, se introduce en un “cajón de sastre” y se ampara en que por parte de los operadores jurídicos de las tres profesiones, como son abogados, graduados sociales y procuradores, no tengan carga de trabajo en esos días,  sin contar que ello ni soluciona nada y lo que viene a traer es  atrasar sustancialmente miles de procesos que verán sus resoluciones y señalamientos no se sabe cuándo y todo amparándolo para posibilitar la conciliación de la vida personal, familiar y profesional de  profesionales que se relacionan o colaboran con la administración de justicia. Es decir, que con regalar diez días parece como si ya la conciliación familiar de estos ya estuviera solucionada y no es de recibo  el que estos legisladores que no han sido nada en su vida profesional crean que  con esta medida ya  se concilia todo lo conciliable.

         Es verdad que hasta ahora se consideraban inhábiles a efectos procesales, todos los días del mes de agosto, así como los sábados y domingos, los días de fiesta nacional y los festivos locales y autonómicos, además del 24 y 31 de diciembre, siempre  que no sean casos urgentes, por lo que  estos aparentes diez días de vacaciones no dejan de ser ridículos  y demagogos, pues la Justicia seguirá  siendo lenta y parsimoniosa,  ya que si no que se dirijan a los Juzgados de Primera Instancia, Audiencias, Tribunales Superiores de Justicia y Tribunal Supremo y comprueben cuántos miles de asuntos esperan resoluciones y puede que se sorprendan algunos legisladores porque seguramente ni eso conocen.

         Habría que recordar a quienes nos quieren regalar  esos diez días de vacaciones,  que quienes somos ya veteranos en el ejercicio profesional del Derecho, entre Navidad y Reyes, pocos o ningún juicio se ha celebrado. Es más, las sedes judiciales, en esos días, se encuentran prácticamente vacías y solo con algún que otro funcionario de guardia  que para solventar cualquier incidencia de carácter urgente se quedaba sin vacaciones, pero sacando papel “cero patatero” y lo puedo afirmar porque siendo un profesional de la Jurisdicción del Orden Social, pese a la urgencia tan cacareada por esta enmienda  y por la propia Ley de la Jurisdicción Social,  en 53 años de ejercicio de mi profesión no he conocido en navidades ni un solo juicio ni ninguna medida  llevada a cabo para ejecutar cualquier sentencia, resolución, o proveer  actuaciones judiciales. Es decir de vacaciones ya estaban casi todos, Esto sólo supone alargar  con un efecto multiplicador todo aquello que se encuentre pendiente o anestesiado en esos juzgados  durante las vacaciones, porque como es lógico la jurisdicción penal tendrá que seguir los pasos en aquellos juzgados de instrucción que se encuentren de guardia,  pues se trata de un derecho fundamental y muchas veces sobre materia de orden público, pero en el resto de las jurisdicciones es  dejar para otro momento tantos millares de procedimientos que si esos diez días se verdad se utilizaran, podrían mejorar  mucho a la Justicia y no como ahora, que para lo único que sirven es para dar un brindis al sol.

         En la Jurisdicción Social casos urgentes  hay muchos y en el mes de agosto no es tampoco inhábil para otras muchas actuaciones, como por ejemplo   traslados, extinciones de contratos vía artículo 50, 51  y 52 del E.T.,  movilidad geográfica, impugnaciones de altas médicas, vacaciones, derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral del artículo 139, materia electoral, impugnación de convenios colectivos y un largo etcétera  que no conozco  que se haya celebrado en el 99% ni durante el verano, en el mes de agosto, y menos en estos días de navidad, por lo que  si lo que quieren es engañar a los profesionales  y darle una tregua para que no presenten documentación a través del sistema LexNET,  para aparentar un periodo vacacional corto, les diré que eso no sirve para nada, ya que los profesionales liberales estamos de guardia las 24 horas del día, por lo que a la hora de legislar se debe ser más serio y  esta enmienda  sólo va a traer confusiones  para  cumplir  plazos procesales y para que en  muchos juicios a la postre nos  aleguen prescripciones  y caducidad, por no haber llevado el procedimiento  y habernos creído  que estábamos de vacaciones y no olvidemos cuántas actuaciones no jurisdiccionales existen vinculadas a la Justicia y que los plazos hay que seguirlos y para estos no se han acordado de dar vacaciones. Así que Sra. Ministra de Justicia, dígale a estos que nos quieren contentar como a los niños del colegios con un recreo más amplio,  que sólo servirá para que aparezca en el BOE su deseo para conformar a  algunos  y de camino quedar bien, pero en la práctica seguiremos igual o peor de lo que estábamos y, por favor,  junto a las CCAA y el Consejo del Poder Judicial busque  medidas serias y contundentes  para que  un juicio deje de verse  a los tres o cuatro años de haberse presentado una demanda, porque como dije en otro momento, la Justicia que es lenta no es Justicia.