EL “FUERA DE ORDENACIÓN SECTORIAL” EN MATERIA DE COSTAS.
Doy a conocer un interesante artículo del Arquitecto, D. Gumersindo Fernández Reyes. EL “FUERA DE ORDENACIÓN SECTORIAL” EN MATERIA DE COSTAS. Cuadro casuística tras la Ley de Costas INTRODUCCIÓN. La Constitución Española (en adelante CE) recogió en su Art. 132.2 que son de dominio público inalienable, imprescriptible e inembargable la zona marítimo-terrestre, las playas, el mar territorial y los recursos naturales de la zona económica y la plataforma continental. Aunque nunca con el rango que le otorga la Constitución,
ez Sánchez, nació en 1947 en Cádiz (año de la explosión), España. Político español, ha sido Parlamentario de las Cortes Generales en las Legislaturas VII, VIII y X, ocupando la portavocía de Empleo y Seguridad Social y miembro de las Comisiones de Justicia, Economía y Trabajo. Ex-Primer Teniente de Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Cádiz, siendo el edil con mayor número de años de permanencia, desde 1983 hasta junio de 2015. Ex-Presidente y Presidente de Honor del Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España y actualmente es el Presidente del Colegio Oficial de Graduados Sociales de Cádiz, cargo que ostenta desde 1980. Desde el dia 3 de marzo de 2017 es Presidente del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Graduados Sociales, con demarcación en Ceuta y Melilla.