LA DISCRIMINACIÓN DE LAS ADMINISTRACIONES HACIA LOS COLEGIOS PROFESIONALES.
Nuestra Constitución regula en su artículo 36 las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas, siendo su estructura interna, así como el funcionamiento de éstos de carácter democrático, los cuales como tales Corporaciones de Derecho Público se encuentran en la actualidad regulados por una serie de disposiciones dispersas y de distinto rango, por lo que hay que destacar y definir que estas Corporaciones tienen un carácter
ez Sánchez, nació en 1947 en Cádiz (año de la explosión), España. Político español, ha sido Parlamentario de las Cortes Generales en las Legislaturas VII, VIII y X, ocupando la portavocía de Empleo y Seguridad Social y miembro de las Comisiones de Justicia, Economía y Trabajo. Ex-Primer Teniente de Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Cádiz, siendo el edil con mayor número de años de permanencia, desde 1983 hasta junio de 2015. Ex-Presidente y Presidente de Honor del Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España y actualmente es el Presidente del Colegio Oficial de Graduados Sociales de Cádiz, cargo que ostenta desde 1980. Desde el dia 3 de marzo de 2017 es Presidente del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Graduados Sociales, con demarcación en Ceuta y Melilla.