Tras estos años donde la Décima Legislatura transcurre aceleradamente, nadie podrá negar que ambas Cámaras han tramitado, de una manera casi de alta velocidad, todas aquellas iniciativas que, principalmente, el Gobierno, pero también los distintos Grupos Parlamentarios, han encomendado al Congreso y al Senado de una manera poco usual como venía ocurriendo en las precedentes Legislaturas de la Democracia, en especial, por los plazos y calendarios a que han sido sometidas.
En estos momentos se encuentran en trámite parlamentario más de una veintena de proyectos de ley, pero transcurridos los tres años precedentes, más de 200 han sido debatidos, trabajados, tramitados y aprobados para dar un cambio brusco a nuestro Estado de Derecho por mandato de la soberanía popular que reside en las Cortes Generales. Se han creado y modificado, a través de los proyectos de ley, o reales decreto-ley, mucha legislación que se encontraba ya obsoleta o no actualizada en nuestro Ordenamiento Jurídico y es cierto que han existido cambios notables y modificaciones sustanciales con reformas llamativas que han dado un giro a nuestro país en muchos aspectos, pues el varapalo de la crisis económica ha obligado a tomar medidas que muchas sin gustar y con la oposición en el parlamento, que hace su papel en ambas Cámaras, se han puesto en vigor tantos rumbos a lo existente que algunos le llaman “diarrea legislativa”, por lo que ha habido que actualizar a tantos y tantos operadores jurídicos que posiblemente no han sabido muchos reciclarse y formarse en la justa medida de lo que las Cortes Generales han ido aprobando y publicando en el Boletín Oficial del Estado.
Si se ha legislado mal o bien corresponde, como es lógico, a la mayoría absoluta del partido gobernante, pero el poner todas estas iniciativas y proyectos en valor no corresponde en su totalidad al ejecutivo, pues no solo las Cortes Generales han dado un giro sustancial a mucha normativa, sino que los propios parlamentos autonómicos también han cambiado hábitos y leyes que han hecho que en cada Comunidad Autónoma exista una nueva metamorfosis del sistema legislativo propio de la Comunidad, por lo que no cabe duda que cada Parlamento en su medida ha trabajado incansablemente y se ha demostrado que las Cortes Generales han sabido estar a la altura de las circunstancias y han sabido absorber todo aquello que le ha sido encomendado para su trámite preceptivo, pero si el legislador ha trabajado y ha puesto el icono de muchas novedades en la práctica, hay otros que sólo se han dedicado a criticar lo que iba emanando del Parlamento, es decir, ni siquiera muchos se han reciclado para que toda esa normativa puedan y sepan aplicarla por un mandato expreso de las Cortes Generales y qué decir de un cambio brutal y absolutamente nuevo que tenemos que ir viendo poco a poco en la Jurisprudencia, tanto del Tribunal Supremo como del Tribunal Constitucional, como garantes de la verdadera aplicación de lo que el legislador ha querido decir. Sin embargo, los que más han sufrido estos vaivenes legislativos son los operadores jurídicos y me refiero a esa palabra de operador que procede de la voz latina “operator operatoris” que significa “el que hace”, es decir, el que califica jurídicamente tanta normativa como la hoy existente. Operador Jurídico es el jurista; un genérico que identifica a todos los que, con una habitualidad profesional se dedican a actuar en el ámbito del Derecho, sean como creadores, como interpretes, como consultores o como aplicadores del Derecho, y que se diferencian precisamente por ese papel que caracteriza su actividad del común de los ciudadanos y a estos, precisamente, que han estado y están obligados a saber interpretar toda la norma, se les ha hecho pesado en muchos casos el conocimiento de las nuevas leyes y de lo que ha querido decir el legislador, por lo que considero que en el reciclaje, en la formación y en la puesta al día, como si se tratara de una ITV, tenemos los profesionales del Derecho que saber aplicar, por si nos lo piden y con carácter urgente, todo aquello que ha sido legislado, por lo que los operadores jurídicos, incluyendo en ellos a Jueces, Fiscales, Secretarios Judiciales, profesionales del Derecho y funcionarios, sin olvidar Cuerpos de la Administración del Estado y órganos colegiados que tienen que aplicar una norma, no han debido dejarse ir y esperar a que un Alto Tribunal marcase con una Sentencia los criterios a seguir, pues hasta entonces, qué se ha hecho o dónde estaría la interpretación de aquella norma. La importancia del sistema judicial y de los operadores jurídicos, como Jueces, Fiscales, Secretarios Judiciales, Abogados, Graduados Sociales y Procuradores tienen que ir en vanguardia ante tantos cambios sustanciales producidos por la cultura jurídica para que el Derecho siga siendo un sistema de normas generales que forman un ordenamiento y en cuyo marco se desarrolla la actividad de los operadores jurídicos. Es decir, desde el propio conocimiento que ofrecen las Facultades que aglutinan a alumnos universitarios y dan cabida en la formación a estos futuros operadores jurídicos, desde ahí, tienen que saber interpretar esa “diarrea legislativa“ que algunos critican, pero que luego en la práctica no son capaces de saber aplicarla o interpretarla. Por eso, entiendo que el administrado o el justiciable, así como la propia administración no sepa hoy por dónde se anda y, por supuesto, estos cambios bruscos de contenido jurídico crea una inseguridad que no sabemos si es peor no aplicar nada o dejarnos ir por los que de forma seria, sensata y capaz estudian a diario todo cuanto el legislador ha querido expresar. No puede existir hoy tanta falta de conocimiento por algunos Tribunales de la primera instancia que tienen que aplicar la norma con carácter urgente y luego nos encontramos con esas Sentencias de laboratorio que dictan determinados Tribunales Superiores de Justicia, la Audiencia Nacional o el Tribunal Supremo donde se crea tanta expectación y donde algunos siguen llamando a la Justicia por un adjetivo que no se merece.